Control de Estudio y Evaluación

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sábado, 28 de mayo de 2016

CIRCULAR 0006 (23/03/2010)



CIRCULAR Nº   0006

ASUNTO:   EXPEDICIÓN  DE  CERTIFICADOS, NOTAS, CREDENCIALES Y
                  TÍTULOS   OFICIALES   QUE   ACREDITEN    CONOCIMIENTOS
                   ACADÉMICOS   EN   LOS   NIVELES  Y/O MODALIDADES DEL  
                   SUBSISTEMA   DE    EDUCACIÓN    BÁSICA    DEL    SISTEMA
                   EDUCATIVO VENEZOLANO.-

       A los fines de dar cumplimiento al Artículo 46 de la Ley Orgánica de Educación, Certificados y Títulos y dado el marco del Capítulo III, El Sistema Educativo, Organización del Sistema Educativo, Artículo 25, numeral 1 de la referida Ley, donde se establece que el nivel de Educación Primaria                                comprende seis años y conduce a la obtención del Certificado de Educación Primaria y el Nivel de Educación Media comprende dos opciones: Educación Media General con duración de cinco años, de primero a quinto año y                Educación Media Técnica con duración de seis años, de primero a sexto año,                 los cuales conducen al Título correspondiente, sin especificar las                      especialidades y/o menciones contentivas de los Planes de Estudio aprobados en las Resoluciones respectivas e impartidos en las diferentes Instituciones Educativas Oficiales y Privadas, se emiten los siguientes lineamientos a seguir en cuanto a la expedición de los documentos probatorios de estudios                    indicados:
§  Se otorgará el Certificado de Educación Primaria al cursar,                 aprobar y culminar el Nivel de Educación Primaria, cuya escolaridad constará de seis (06) años de estudios.

§  En cuanto al Nivel de Educación Media, en la opción Educación Media General se otorgará, con cinco años de escolaridad el Título                       de Educación Media General en la Especialidad y/o mención. Ejemplos: Título de Educación Media General en Ciencias, Plan       de Estudio 31018, Título de Educación Media General Industrial mención Dibujo Técnico, Plan de Estudio 43044.

§  En Educación Media Técnica se expedirá el Título de Educación Media Técnica en la Especialidad y/o mención. Ejemplos: Título de Educación  Media  Técnica en Agropecuaria mención Producción



§  Agrícola, Plan de Estudio 41035; Título de Educación Media Técnica Industrial mención Petróleo Opción Mecánica de Mantenimiento, Plan de Estudio 43162.

§  No se otorgará el Certificado de Educación Básica, por cuanto no         está contemplado es esta Ley Orgánica de Educación.

     Lo no previsto en esta Circular será resuelto por la Dirección General de Registro y Control Académico del Ministerio del Poder Popular para el Subsistema de  Educación Básica.



Atentamente,


PROF. TERESA A. DE SANZ     
                DIRECTORA GENERAL DE REGISTRO  
           Y CONTROL ACADÉMICO



DGRCA/mirian

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